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23 de Novembre de 2009
La filtración de la noticia de que el Tribunal Constitucional podría declarar la inconstitucionalidad de algunos preceptos del Estatuto de Autonomía de Cataluña, entre ellos aspectos tan emblemáticos como la denominación de Cataluña como Nación o el deber de conocer el catalán, ha situado al borde del paroxismo a los miembros del Tripartito y a sus colaboradores nacionalistas.
La carrera de declaraciones, a cual más disparatada, es el estertor de la campaña de intoxicación que sistemáticamente viene vertiéndose sobre el Tribunal Constitucional con objeto de deslegitimarlo como juzgador del Estatuto de Autonomía.
Se argumenta que no debe tocarse ni una coma de esa Ley Orgánica porque es consecuencia de un pacto político entre Cataluña y España que fue ratificado por el pueblo catalán en referéndum. Falso. Ese pacto existe sólo en la imaginación de algunos políticos catalanes que pretenden que el Tribunal Constitucional se limite a ratificar el Estatuto de Autonomía. Ante tamaño despropósito, que ignora los razonamientos jurídicos, es necesario recordar lo obvio. La Constitución es la norma suprema de nuestro ordenamiento y ninguna otra puede contradecirla. Por ello, la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional reconoce explicítamente que también son «susceptibles de declaración de inconstitucionalidad» «los Estatutos de Autonomía y las demás leyes orgánicas».
Vista la claridad de la norma, es altamente preocupante que destacados miembros del Gobierno catalán y máximos representantes de partidos políticos se atrevan a anunciar la desobediencia a la sentencia en el caso de que se declare la inconstitucionalidad del Estatuto.
No sé hasta donde llegará su osadía pero, desde luego, es extremadamente imprudente amenazar con la ruptura de la convivencia. Quienes así se manifiestan han de tener claras las consecuencias de las acciones rebeldes. El artículo 155. 1 de la Constitución declara: "Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al presidente de la comunidad autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación de la mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general". En su apartado 2, el citado artículo afirma que "para la ejecución de las medidas previstas en el apartado anterior, el Gobierno podrá dar instrucciones a todas las autoridades de las comunidades autónomas".
No es la primera vez que este precepto se invoca para advertir sobre la posible suspensión del régimen autonómico de una Comunidad Autónoma en el caso de incurrir en posiciones contrarias al interés general. Todavía resuenan en nuestra memoria las palabras de Alfonso Guerra reclamando la aplicación del artículo 155 si Ibarretxse atrevía a convocar un referéndum ilegal en el País Vasco.
A los que desconocen la mesura, les recomiendo el libro “Abans del sis d’octubre” de Amadeu Hurtado. Es el dietario del abogado que defendió a la Generalitat de Cataluña en el recurso que contra la Llei de contractes de conreu presentó el Gobierno de la Republica ante el Tribunal de Garantías. La actitud beligerante e iiracional del Gobierno e instituciones catalanas contra la sentencia de este Tribunal fue una de las causas inmediatas de la sucesión de acontecimientos que dieron lugar al 6 de octubre. Quienes apelan al sentido común suelen perderlo con excesiva frecuencia
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| Salvador Ferrer-Bonsoms (Igualada) | 28-11-2009 - 13:17 |
| Juan, la Constitución es ilegítima para los que creen que Cataluña es una nación, porque no reconoce más nación que España. Tanto da cuántos la votaron. Eso fue en 1978, y además la alternativa eran las Leyes Fundamentales de Franco. | |
| Juan (Barna) | 27-11-2009 - 20:54 |
| Sr. Ferrer B., ¿Ud. sabe de lo que habla?. ¿ilegítima la Constitución?, que curiosamente la votó la mayoría de los catalanes. Entonces, ese dichoso estatut, que solo fue votado por una minoría (30 y pico%) ¿que legitimidad le otorga?. !Un poco de rigor¡ | |
| Bernat (Barcelona) | 26-11-2009 - 15:15 |
| El dia 13-D un exemple de democràcia del poble català, independentment dels polítics. El dia 13-D un exemple de feixisme, a l'oposar-se el dret a votar del poble, per part d'Alternativa española i C's en un acte de repulsa a la democràcia. CATALUNYALLIURE | |
| toni (lleida) | 26-11-2009 - 13:15 |
| La que estan liando solo por decir que el catalán sea igual que el castellano madre mia...., si es k hay gente que disfrutaria si cataluña se diluera en españa | |
| Salvador Ferrer-Bonsoms (Igualada) | 26-11-2009 - 12:41 |
| En el proyecto independentista catalán se trata de crear una nueva legalidad. La legalidad previa -basada en la Constitución española- se rechaza por ilegítima, porque es incompatible con el derecho de autodeterminación de los pueblos. | |
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